El proceso de inscripción de todas las asignaturas lo realiza la Secretaría de Estudios del Programa, durante el mes de diciembre para el tercer semestre académico (marzo-junio) y en julio para el cuarto semestre (julio-noviembre).
En la inscripción de asignaturas electivas deben considerarse preferentemente aquellas asignaturas que son requisito para obtener la mención correspondiente.
Semestralmente los alumnos deberán inscribir como mínimo 23 horas de docencia directa. Durante el segundo año el Coordinador de Mención podrá autorizar un número menor de docencia directa.
Los estudiantes que en el tercer semestre académico inscriban asignaturas de las facultades de régimen anual, deben reinscribirlas en el proceso de inscripción de asignaturas del cuarto semestre de Bachillerato.
La reprobación de una asignatura en ningún caso implica una reinscripción automática.
Las asignaturas reprobadas en facultades, sólo podrán ser reinscritas con la autorización del Consejo y las condiciones que éste imponga.
Los estudiantes deben inscribir prioritariamente las asignaturas obligatorias que estén pendientes, ya sea porque no las han cursado, porque las han reprobado o porque correspondan a la continuación de una serie (Matemática 2, Química 2 o Física 2).
La inscripción de asignaturas del Programa y de las facultades será formalizada una vez que el estudiante se haya matriculado para el año académico correspondiente. No se considerará inscrito en las asignaturas el estudiante que no esté matriculado dentro del plazo establecido ni el que haya incurrido en causal de eliminación.
Al incorporarse a las asignaturas de las facultades, los estudiantes del Programa se rigen por los reglamentos y procedimientos de las facultades correspondientes.
Para los efectos del cumplimiento del Plan de Estudios sólo serán consideradas las asignaturas inscritas en el Programa de Bachillerato.
Corrección o topes de horario
Debido a la posibilidad de superposición entre los horarios de las asignaturas que ofrecen las facultades y las del Programa de Bachillerato, se considerará un tiempo adicional de modificación de las inscripciones originales para corregir los topes de horarios que puedan presentarse.
Las correcciones deben ser realizadas en la Secretaría de Estudios del Programa dentro de las dos primeras semanas de las clases de cada semestre. Con posterioridad a esta fecha, Secretaría de Estudios eliminará la inscripción de ambas asignaturas, hasta que el alumno se presente a regularizar la situación.
Renuncias y cambios de asignaturas
Los estudiantes podrán hacer cambios en su inscripción de asignaturas dentro de las dos primeras semanas de clases de cada semestre, en Secretaría de Estudios del Programa. Según corresponda, podrá solicitarse adicionalmente la autorización del Coordinador de Mención respectivo o del Consejo de Bachillerato.
Los cambios y renuncias fuera del período establecido sólo podrán realizarse con la autorización del Consejo de Bachillerato.
Solicitudes de homologación
Los estudiantes que han cursado asignaturas antes de su ingreso al Programa y deseen homologarlas o convalidarlas, según corresponda, podrán solicitarlo al Director, quien resolverá con el acuerdo del Consejo del Programa.
La solicitud debe presentarse preferentemente al inicio de los estudios. No se realizarán homologaciones de asignaturas que reemplacen asignaturas cursadas o reprobadas.
El estudiante que homologue asignaturas, igualmente deberá cumplir con el requisito de inscripción mínimo de horas de docencia directa exigidas por el Programa.
La prioridad en la postulación a cupos de un estudiante de primer año que haya homologado o convalidado una o más asignaturas y no apruebe todas las asignaturas cursadas, la decidirá el Consejo del Programa.
Pruebas especiales de selección
El Programa de Bachillerato solicitará a las Facultades y Escuelas que correspondan, la autorización para que los estudiantesque habiendo cursado los dos primeros semestres y deseen cursar asignaturas en programas o carreras que requieran pruebas especiales de selección o exámenes de contraindicaciones, puedan rendirlas con la debida anticipación en las fechas establecidas por cada Facultad.
Podrán rendir estas pruebas aquellos estudiantes que hayan incluido las carreras que las exigen dentro de sus dos primeras preferencias de continuación de estudios.
La inscripción en asignaturas de una carrera está condicionada a la aprobación de la prueba especial, cuando corresponda.