Reglamento de Remuneraciones entraría en vigencia en enero de 2022

Compartir
f172306-2-h

Tras un largo proceso -iniciado en 2013- la Contraloría General de la República dio curso, el 1 de diciembre de 2020, al Reglamento de Remuneraciones del Personal de la Universidad de Chile. Dado este escenario, la normativa debía entrar en vigor el 1 de enero de 2021. Sin embargo, el Rector Ennio Vivaldi solicitó al Senado posponer su puesta en marcha para inicios de 2022. ¿Las razones? A juicio de la Vicerrectoría de Asuntos Económicos y Gestión Institucional, un cambio paradigmático de tal magnitud requiere un sinnúmero de ajustes que tardarán, al menos, 12 meses más en implementarse. Esto, sumado a la pandemia por COVID-19, que ha sobrecargado la agenda de las unidades involucradas.

La historia se remonta a enero del año 2012 cuando, a través de la Ley de Transparencia, se publicaron los montos correspondientes a diversas remuneraciones de trabajadores de la Casa de Bello, evidenciando disparidad de pagos –entre quienes ejercían las mismas funciones– al interior de los organismos universitarios y entre unidades académicas.

A raíz de ello, el Senado Universitario determinó elaborar un Reglamento de Remuneraciones, que fue aprobado –tras un proceso donde participó la totalidad de la comunidad universitaria– el 3 de agosto de 2017. Además de acoger la iniciativa, el órgano triestamental solicitó al Rector la emisión, dentro de 15 días hábiles, del respectivo acto administrativo.

Tras la insistencia por parte del Senado y la solicitud formal de todas sus mesas directivas, el 19 de noviembre de 2019, en pleno auge de las movilizaciones ciudadanas, el Rector Ennio Vivaldi –durante la ceremonia del aniversario número 177 de la Universidad– reconoció que la agenda nacional por un nuevo acuerdo social impulsaba a las autoridades de la Casa de Bello a «acelerar y robustecer la equidad interna«. En este sentido, destacó la necesidad de que la Universidad contara con un Reglamento de Remuneraciones y anunció el envío de una propuesta de modificaciones con el objetivo de aplicar los últimos ajustes antes de su oficialización.

El 30 de diciembre de 2019 el Rector entregó al Senado Universitario una propuesta que contenía 15 indicaciones al Reglamento. Al poco andar, y tras sostener una serie de reuniones con la plenaria del órgano triestamental y su Comisión de Presupuesto y Gestión, la Federación de Asociaciones de Funcionarios de la U. de Chile (Fenafuch) y la Asociación Nacional de Funcionarios Académicos de la U. de Chile (Acauch), éstas fueron retiradas.

Tras esta serie de reuniones, las 15 indicaciones se transformaron en 21. El 23 de enero de 2020, el Senado Universitario aprobó reabrir el debate respecto a las 21 indicaciones enviadas por Rectoría y el 30 de enero, en la última sesión antes del receso universitario, fueron enviadas para su discusión y análisis a la Comisión de Presupuesto y Gestión.

En plena pandemia por COVID-19, el trabajo del órgano normativo no se detuvo. Tras discutir y procesar la información durante los meses de marzo y abril de 2020, la Comisión de Presupuesto y Gestión, conforme al mandato de la plenaria, realizó un exhaustivo informe en torno a las 21 indicaciones de Rectoría. En él, sus miembros concluyeron aprobar, sin cambios, 19 de las 21 indicaciones. Las dos restantes fueron modificadas para una mejor aplicación. El citado informe fue expuesto el 23 de abril de 2020 por el senador Daniel Burgos, presidente de la la Comisión de Presupuesto y Gestión, a la totalidad del Senado.

Al cabo de una semana, en la plenaria virtual efectuada el jueves 30 de abril, se procedió a su votación. Los senadores/as tuvieron que pronunciarse –a favor, en contra o abstenerse– respecto a cada una de las 21 indicaciones planteadas por Rectoría. Tras un proceso que se extendió por más de seis horas, la plenaria del órgano triestamental aprobó –con amplia mayoría de los presentes– 19 de ellas y adoptó, para sí, la nueva redacción de las dos restantes, según lo propuesto por la Comisión de Presupuesto y Gestión.

Tras ser decretado por el Rector (Decreto Universitario Afecto N°568 de 13 de mayo 2020), el Reglamento continuó su trámite en la Contraloría Universitaria (durante los meses de julio y agosto 2020). Allí fue objeto de algunas observaciones, las que rápidamente fueron incorporadas -en su totalidad- por el Senado Universitario y permitieron una mejora en su texto.

El 30 de octubre la Universidad recibió el correspondiente pronunciamiento de la Contraloría General de la República, donde no se daba curso al Reglamento por haberse hecho observaciones de fondo y de forma que debían ser reparadas. El 5 de noviembre, el Senado Universitario aprobó las modificaciones y, al día siguiente, Rectoría suscribió el Decreto Universitario Afecto N°1362 que establece la última versión del Reglamento de Remuneraciones. Menos de un mes después, el 1 de diciembre de 2020, la Contraloría General de la República dio curso a la normativa tras considerar que se ajusta a derecho.

Las consecuencias de la pandemia

En este escenario, el anhelado Reglamento debía entrar en vigor el 1 de enero de 2021. Sin embargo, mediante el oficio 707, con fecha 11 de diciembre de 2020, el Rector Ennio Vivaldi solicitó al Senado posponer su puesta en marcha para inicios de 2022. ¿De qué manera? Proponiendo una modificación del artículo 28 del Reglamento donde se estipula, precisamente, los plazos para su puesta en marcha. El oficio propone reemplazar la frase: «a contar del 1° de enero inmediatamente siguiente a la total tramitación del presente Decreto», por la expresión: «a contar del 1° de enero de 2022».

Según expuso ante la plenaria del SU, la vicerrectora de Asuntos Académicos y Gestión Institucional, Heidi Berner, las causas se enmarcan en el contexto de pandemia por COVID-19 que, en el caso de la Universidad de Chile, significó una gran carga de trabajo para mantener a la institución activa, como también implicó ajustar los procesos académicos y administrativos, al mismo tiempo que se reorientaron los desafíos y metas para el periodo.

La vicerrectora explicó que «la puesta en marcha de un reglamento de esta naturaleza debe considerar el diseño de un plan de acción integral para su implementación. Si bien dicho plan ya se encuentra en marcha, se requiere un plazo mucho mayor al mes disponible”. También manifestó que “constituye un cambio organizacional de envergadura«, que requiere, entre otros, crear una visión y objetivos del cambio para alinear las estrategias y acciones, la constitución de un grupo de gestión especializado y el diseño de un plan comunicacional para toda la comunidad.

Además, advirtió que es necesario adecuar los procesos de trabajo asociados al pago de remuneraciones, el rediseño de procedimientos, flujos y preparación de los diversos actores, involucrando –al menos– a trescientas personas responsables y ejecutoras. Posteriormente, se deben diseñar o adecuar los sistemas de información tecnológicos indispensables –softwares, plataformas, etc.– para soportar los procesos de trabajo.

En la sesión plenaria extraordinaria N°613 de 23 de diciembre –tras una exhaustiva discusión– el Senado analizó la solicitud de Rectoría y acordó aplazar la entrada en vigencia del Reglamento de Remuneraciones para el 01 de enero de 2022 (Acuerdo SU N°164/2020).

«La modificación del plazo en que comienza a regir el Reglamento de Remuneraciones es prudente y totalmente necesaria a la luz de los hechos. En este sentido, sería del todo poco afortunada una mala implementación, lo que trae aparejado una serie de efectos colaterales. Las fechas que se definieron por Rectoría en la última modificación sobre la entrada en vigor del cuerpo legal permiten un plazo razonable en que se gestione adecuadamente el cambio paradigmático que viviremos«, afirmó el presidente de la Comisión de Presupuesto y Gestión del Senado, Daniel Burgos.

Las y los integrantes del Senado valoraron el compromiso adquirido por Rectoría y las vicerrectorías involucradas (Oficio N°751/2020) para presentar ante la plenaria del Senado, de forma trimestral, el estado de avance de las adecuaciones administrativas, logísticas, normativas y tecnológicas necesarias para la eficaz y eficiente implementación del Reglamento de Remuneraciones.

«Como Senado Universitario, si bien comprendemos las razones señaladas por Rectoría para solicitar la modificación al art. 28 del Reglamento de Remuneraciones que indica el plazo de su entrada en vigencia, -la cual apunta a una mejor preparación para enfrentar la magnitud de los cambios que se avecinan-, también dimos una larga discusión relevando la importancia de que las políticas cuenten con planes de implementación y financiamiento como parte de su proceso de aprobación, así como nuestra voluntad permanente de colaborar en todo aquello que vaya en beneficio de la comunidad, especialmente en tiempos complejos como los que estamos viviendo», señaló la Vicepresidenta del Senado, Verónica Figueroa Huencho.

Finalmente, se apuntó la importancia de mantener una comunicación abierta y fluida entre el Senado, servicios centrales y las unidades académicas para conocer el estado de avance de la implementación de este tipo políticas y reglamentos, con el fin de favorecer la transparencia y mantener a la comunidad universitaria informada.


Francisca Babul y Claudia Montecinos, Comunicaciones Senado Universitario